lunes, 24 de noviembre de 2008

Laicidad

Laicidad
Laicidad - Libertad de enseñanza - Derecho a la educación

Introducción.
En el presente trabajo nos dedicaremos a abordar una de las temáticas más controvertidas, el concepto de Laicidad.
El concepto de laicidad es un concepto que muchas veces se confunde con laicismo, pero, como ya veremos más delante, son términos que poseen significados totalmente diferentes.
Hoy en día el concepto de laicidad es entendido como una actitud que procura que los hombres actúen de una manera respetuosa de todas las ideas políticas, filosóficas, etc. así como de las personas y los grupos que las sustentan, y estos a su vez, entre sí. Por lo tanto la actitud de la laicidad se orienta al respeto recíproco de todas las ideas.
Un Estado laico permite, en un marco de igualdad de oportunidades, la libre comunicación de las ideas y el desarrollo pleno de la persona humana. Por ello esta concepción está asociada al concepto de la TOLERANCIA, al respeto que la sociedad le debe a cada uno de sus integrantes y a la posibilidad de que el libre albedrío desarrolle sus facultades.
La libertad de conciencia, no es excluyente sino abarcadora, no es limitada sino comprensiva. La laicidad es la garantía de la convivencia, es el equilibrio de nuestra sociedad, permitiéndonos igualdad de condiciones y formación para una libre elección posterior de acuerdo a nuestra filosofía.
Por todo ello la laicidad debe ser salvaguardada por todos los hombres, ya que la misma es un derecho que poseen los mismos para que puedan estos actuar bajo todas las formas posibles para que ningún dogma acalle ninguna voz, ningún pensamiento y ninguna libertad.
Sin embargo, debemos hacer referencia a la laicidad no sólo se refiere al ámbito educativo, sino que la misma hace referencia a otras cuestiones, lo cual es un error considerar que cuando se habla de laicidad se está haciendo referencia solo al ámbito educativo.
Nosotros si abordaremos nuestro análisis desde un marco educativo, pero lo haremos desde los tres ejes de nuestro triángulo:
Laicidad - Libertad de enseñanza - Derecho a la educación.

Para realizar nuestro estudio nos basamos principalmente en la obra de Reina Reyes “El derecho a educar y el derecho a la educación”, ya que se ha considerado que dicha autora es la que establece de forma más clara nuestra temática. Sin embargo, se han introducido lecturas de Julio Castro, Edgar Morin y la opinión de los maestros en el Parlamento.

Tal vez nuestro análisis no realiza un profundo análisis del tema, pero sí lo que se trató de hacer es un análisis más global que abarcara principalmente los principios de la laicidad, más que su definición misma.
Desarrollo.

Tal como sostuvimos en la carátula de nuestro presente trabajo, podemos decir que la laicidad – el derecho a la educación - la libertad de enseñanza, son tres conceptos que están interrelacionados, lo cual hace que sean los pilares fundamentales de un mismo triángulo. Por lo tanto comenzaremos hablando del derecho a la educación, para más tarde llegar a la libertad de enseñanza, y por último desarrollar nuestro tema principal sobre la laicidad.
Para referirnos al derecho a la educación y el derecho a educarse, debemos hacer referencia a Reina Reyes y a su obra “El derecho a educarse y el derecho a la educación”.
Concepto de derecho:
“El derecho del hombre no es pues, la delimitación de una facultad que le es innata o la protección de una prerrogativa de la que goza. Es la medida de una necesidad. De esa necesidad misma que, si no es satisfecha impide al hombre alcanzar la plenitud de su ser. El derecho llega así a coincidir con la exigencia de un mínimo vital, entendiendo la expresión, no en el plano restringido de la remuneración del trabajo, sino en el sentido más amplio que le confiere su aplicación a todas las necesidades materiales y espirituales del ser humano” [1]
Pero este derecho que tiene el hombre carece de valor Jurídico hasta que se incorporan a la legislación vigente en un país, y además en la actualidad la efectividad de los derechos del hombre (económicos, sociales y culturales) dependen de la estructura económica y política de la sociedad.
La definición de derecho que cita Reina Reyes, de G. Burdeau hace referencia, sobre todo, a que los derechos no tienen otra virtud que la de ser inviolables, es decir que nadie los puede violar, y por esa razón los mismos incitan más a la privación de alguna cosa o a la abstención que a la acción, y en efecto son los protectores de la libertad constituyen el fundamento de la democracia liberal, y por lo tanto los derechos son exigencias y necesidades del hombre.
Derecho a la educación:
Reina Reyes en su análisis parte del inciso número 1 del artículo n° 26 de la Declaración de los Derechos Humanos de 1948: “Toda persona tiene derecho a la educación.”
Sin embargo, ese artículo no se queda allí, sino que la Declaración de los Derechos Humanos, además de declarar ese derecho válido para toda la especie humana, también instruye las herramientas para que se pueda llevar a la práctica ese derecho que tienen todos los hombres a educarse, por esa razón el inciso número 1 continúa diciendo: “La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos en función de los méritos respectivos.”
Por lo tanto, el derecho a educarse además de ser un derecho, el mismo es también gratuito y obligatorio, para que se haga efectivo su práctica. Esos dos pilares fundamentales del derecho a recibir educación que tiene el hombre tiene que ver con el tramo educativo que tiene como objetivos alfabetizar y socializar al individuo, ya que se está hablando de educación básica.
De este modo las funciones históricas de la educación eran saber leer y escribir para ser un alfabeto, sin embargo al hombre no solo le alcanza saber leer y escribir, sino que para poder vivir en la realidad de su actualidad (siglo XXI) el hombre necesita poseer las cinco claves de la educación básica, necesidades reformuladas en la Conferencia de Jomtiem, Tailandia, en 1990.[2]
Por lo tanto a esas dos funciones históricas de la educación: alfabetizar y socializar, se le agrega una tercera que tiene que ver con el desarrollo de las competencias, de las habilidades intelectuales del hombre, que no sólo tienen que ver con que sepa escribir y leer, sino además que pueda expresar lo que piensa, poder hacer un análisis independiente, poder reflexionar, etc.
Ese derecho que tiene el hombre a la educación, lo beneficia tanto a él como a la sociedad que integra. Sin embargo, la forma en que se satisfacen sus derechos, tanto económicos, sociales y culturales depende de las circunstancias en que vive.
Por lo tanto decimos, primero que nada, que el derecho a la educación, no se puede aplicar fuera de una sociedad democrática.
Si en una sociedad existe la libertad de enseñanza, esto lleva implícitamente que en esa sociedad se reconozca el derecho a la educación y el derecho a educarse. En efecto, en la democracia liberal se considera la libertad como condición innata, por lo cual la organización política debe proteger esa libertar frente a los abusos del Poder. La libertad no es otra cosa que la capacidad que el hombre puede alcanzar.
Pero en una sociedad el derecho a educar quién lo tiene, esta es una pregunta muy difícil de contestar, que Reina Reyes también se dedicó a atender. Esta autora sostiene que “sí quien educa tiene derecho a hacerlo puede establecer los fines de la educación de acuerdo a su posición personal en lo político y en lo religioso. Sí el titular del derecho es el educando, los fines no pueden ser otros que los especificados en el Art. 26 de la Declaración de los Derechos Humanos”.
Art. 26. Inciso 2°- “La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo que la personalidad y el fortalecimiento del respeto a los derechos del hombre y a las libertades fundamentales favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la Paz.”
Pero el encuentro entre el educando y quien se asigna el derecho a educar en la actualidad, ha generado conflictos de proyecciones pedagógicas con respecto a los fines y métodos educativos.
El derecho a educar ha sido ejercido en grados distintos por distintos agentes, por lo tanto el derecho a educar es un derecho móvil que ha sido llevado a cabo por distintas instituciones, sujeto al modelo histórico, político, social, religiosos.
La familia, la sociedad, la Iglesia, el Estado han ejercido y aún ejercen en grados distintos el derecho a educar imponiendo valores y persiguiendo la aquiescencia[3] del educando desde la niñez. Por lo tanto es difícil el logro de la autonomía[4] personal.
Constituida la familia los padres ejercen el derecho a educar a sus hijos, estos se convierten en los primeros educadores y son los agentes que en mayor grado ejercen la acción de educar.
En efecto, los padres tienen con respecto a sus hijos, una situación singular no comparable a las relaciones del niño con el Estado o con la Iglesia, instituciones creadas por el hombre en función de ideas o creencias, pero ambas influyen directamente sobre los padres dentro de su ámbito social.
Los padres ejercen el derecho a educar de hecho cuando deciden o eligen la educación para sus hijos, esto queda establecido en el inciso n°3 del artículo 26: “Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos”.
El segundo agente que tiene derecho a educar ha sido y es la sociedad, ya que la sociedad asegura su continuidad con la transmisión del nuevo acervo cultural (valores, costumbres, ritos, etc.) que hacen las generaciones adultas sobre las nuevas generaciones a través de la educación.
Sin embargo, cuando el incremento de conocimientos y destrezas de una comunidad hizo necesario acelerar el proceso de transmisión natural, se crearon instituciones educativas y quedó establecido el derecho a educar como exigencia de la comunidad. Por lo tanto, la sociedad es un agente educador de primer orden, ya que necesita educar para mantenerse.
Reina Reyes expresa que la sociedad ejerció el derecho a educar y los fines de la educación, por lo tanto, no podían ser otros que la aceptación de los conocimientos, normas y valores de las generaciones adultas.
La aparición de las primeras escuelas respondió a móviles religiosos, que se asociaron a móviles políticos dada la vinculación de la Iglesia con el Estado en las naciones de Occidente.
Libertad de enseñanza.
En lo que respecta a la libertad de enseñanza, Reina Reyes sostiene que la defensa de la misma ofrece los mayores riesgos con respecto a los fines de la educación, porque supone otorgar a cualquier maestro el derecho a educar en función de su modo personal de concebir al hombre y a la sociedad.
La palabra “enseñar” denominó la acción de desvelar, correr los velos que ocultan una realidad. Hoy en día se utiliza dicha palabra para denominar la acción de trasmitir conocimientos o destrezas, prescindiendo del carácter formador que esa acción supone.
En efecto, la palabra enseñanza demuestra una generosidad por brindar a otro lo que ya se posee, pero, en los niños esa acción puede imponer emocionalmente formas de sentir y de pensar que dificulten una posterior elección personal en todos los ámbitos.
Siguiendo la etimología de la palabra “enseñar”, la misma quiere decir educar, conducir, seducir, que en efecto, es una actitud de guía que realiza el educador con su educando. Sin embargo quien guía, según Reina Reyes, puede hacerlo por autoridad, imponiendo valores o puede mostrar los caminos por el conocidos y aun provocar la búsqueda de otros, dejando al guiado en condiciones de poder elegir el suyo propio.
En este sentido es difícil establecer los límites del educador en su tarea de guía al educando y cuando la libertad de enseñanza lesiona el derecho a la educación del niño.
Lo contrario a la libertad de enseñanza es el monopolio de la misma.
Monopolio de la enseñanza.
La misma tiene que ver con que el Estado no puede ser el único agente encargado de llevar a cabo la educación, sino que el mismo debe autorizar a otros organismos, que estén bajo su órbita, para enseñar el tipo de educación que quieran, pero la tarea del Estado solo es de control de esas instituciones.
En efecto, el Estado los autoriza a dar el programa educativo que ellos pretendan, sin embargo no se encuentran habilitados sino cumplen con el programa nacional de educación estipulado por el Estado, y es con respecto a esto que el tema es muy sensible ya que no existe una medida determinada para saber hasta donde llega la libertad de esa institución y la intervención del Estado.
Una vez que hemos cumplidos con las dos caras de esa triángulo: derecho a la educación y libertad de enseñanza, podremos pasar a nuestro tema central que es la laicidad.
Laicidad.
Dicho término se confunde con el término laicismo, ya ambos derivan de la palabra laico, pero su significado es totalmente distinto. Reina Reyes cuando fue invitada por FUM-TEP para hablar en un acto sobre la laicidad, la autora ya desde un principio expuso su preocupación por diferenciar la laicidad del laicismo. Términos, según la autora, que se usan muchas veces, con frecuencia confundiéndolos. La laicidad es una actitud, el laicismo es una doctrina.[5]
Siguiendo el análisis de Reina Reyes, el término laico deriva de laos, pueblo, pueblo no diferenciado, no jerarquizado, en oposición al klero, palabra, que en griego designa lo calificado de la sociedad, la clase social detentora de ciertos privilegios sancionados por la costumbre o por la ley.
Por lo tanto laos se usaba para referirse al pueblo en sentido genérico, en oposición a kleros que se usaba para aludir a un grupo que gozaba de ciertos privilegios que se diferenciaba del resto.
Del término laico derivó la palabra laicismo, que es una doctrina, y en la medida que es una doctrina es fácil de definirla como la separación de la Iglesia del Estado, es decir que ambas instituciones se encuentran en esferas de ámbitos diferentes. Reina Reyes sostiene que el laicismo “defiende al hombre y a la sociedad civil de influencias eclesiásticas porque considera a las religiones y a los cultos como fenómenos ajenos al Estado”.
El hombre se emancipó políticamente de la religión al pasar ésta del dominio del derecho público al derecho privado.
En efecto, el laicismo dio origen al Estado laico que reconoce la multiplicidad de concepciones de vida y mantiene una posición neutral con respecto a ellas, garantizando el libre ejercicio de todos los cultos, sin reconocer un culto oficial, evitando, por lo tanto, con ello la intromisión de la autoridad religiosa en la autoridad civil.
Con respecto a esto también los maestros opinan que en el último cuarto del siglo XIX, la laicidad aparece, fundamentalmente, asociada al concepto de laicismo como doctrina que defiende al hombre y a la sociedad civil de influencias eclesiásticas, porque considera a las religiones y a los cultos como fenómenos que se encuentran fuera del Estado.
Justamente, el proceso de la separación de la Iglesia del Estado, que más tarde veremos como se dio en el Uruguay, posibilita la construcción de una sociedad con cohesión social.[6]
En cuanto al término de laicidad, la misma es un neologismo[7] y por esa razón no aparece definida en el Diccionario de la Real Academia. Es decir que la palabra laicidad es difícil de definir porque la misma alude a una conducta a una postura social, a una manera de sentir y de actuar a la cual Reina Reyes hace referencia. Según la autora la laicidad es una actitud que asumimos en la sociedad, y por esa razón tiene que ver con los vínculos sociales: cómo nos paramos en la sociedad y cómo nos vinculamos con otros.
Por lo tanto, la laicidad según la autora responde al espíritu del humanismo que proclama la dignidad de la persona humana, respeta la individualidad de cada hombre concreto y, por lo tanto, deja al hombre en plena elección personal en todos los ámbitos (políticos, religiosos, filosóficos, artísticos, etc.).
La laicidad supone un ideal de convivencia basado en el respeto recíproco entre personas, cualquiera sea su posición en los dominios de la religión, la filosofía o la política, e implica una oposición a toda presión coercitiva en estas materias.
Reina Reyes hace referencia al artículo 19 de la Declaración de los Derechos Humanos que sostiene: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.
En efecto, la autora expone que “tal es el espíritu y el significado de la laicidad”.
En relación a la laicidad en la enseñanza Julio Castro sostiene que la acción de enseñar, de trasmitir aquello que se sabe, es también salvaguardar los valores internos que posee el otro ser, en efecto la actitud educativa debe estar depurada de imposiciones, coacciones o supuestos. Por lo tanto el que enseña al individuo (al niño) no le puede mostrar que determinada concepción del mundo es la verdadera, ya que lo que es verdad existe, puede ser probada y demostrada independientemente de cada individuo, porque el autor sostiene que “la verdad es un hecho que pertenece a todos” los individuos.
Edagar Morin afirma también que el sentido del término “laicidad” es claro, ya que apunta a la racionalidad crítica opuesta a los dogmas, es la pluralidad opuesta al monopolio de la verdad.[8]
Distinto es que una cosa que sea cierta porque yo crea en ella que obligar a los demás a que lo hagan también. Si el que enseña impone su acto de cree en lo que él piensa, hace que otra mente acepte lo que él dice que es cierto sin que pueda probarle ni demostrarle, será siempre una imposición; una lesión al libre desarrollo de otra persona y por lo tanto una violación a la laicidad.
Como lo dice el artículo que cita Reina Reyes, “todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión...” por lo tanto todo individuo tiene el derecho de opinar y de expresar diferente a mí y al otro. Por esa razón la laicidad es un elemento primordial de las democracias, y por ello la autora vincula la Laicidad con la Democracia, ya que la laicidad solo cabe en una sociedad democrática.
Entonces decimos que los componentes esenciales de la laicidad, según Reina Reyes, son:
· Libertad de pensamiento.
· Libertad de expresión.
Ella expone que “la libertad de pensamiento para proyectarse en la vida social, reclama libertad de expresión, pero la libertad de pensamiento es otra cosa que la libertad de expresión. Se puede expresar libremente lo que se piensa sin haber pensado libremente”.
“El derecho a expresar nuestros pensamientos tiene algún significado tan solo si somos capaces de tener pensamientos propios”.[9]
Por lo tanto, la libertad de pensamiento es una “libertad de”, es una libertad individual que posee el individuo. Yo puedo ejercitar mi libertad de pensamiento sin relación social. Pero para que mi laicidad sea auténtica yo tengo que estar en relación con otros y respetar lo que los otros piensan aunque difiera su opinión de la mía.[10]
La libertad de expresión, es una “libertad para”, la cual es social y que por lo tanto reclama relaciones personales de igualdad, para el respeto a la libertad de pensamiento y de expresión de los otros.
De este modo, la autora sostiene que garantizar la libertad de expresión debe ser la acción considerada como el fin más importante de la organización política, ya que el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos supone libertad de pensamiento y de expresión más correlativa obligación de respetar esas obligaciones en los otros.
Este juego de libertades y de respeto a esas libertades, esta relación de derecho y de deber, es lo que, en esencia constituye la LAICIDAD.
La laicidad se nutre del respeto a los otros, según Reina Reyes, y esta idea es afirmada por Julio Castro, ya se debe respetar que el otro piense distinto, que tenga una conducta distinta a la mía y por lo tanto no se debe imponer desde afuera, como coacción un sistema explicativo del mundo, un concepto de vida, una moral, etc., única y válida para todos los hombres por igual; sino que de se debe respetar las diferencias más que tolerarlas.
Reina Reyes sostiene que para definir la laicidad es necesario insistir en la idea de RESPETO, evitando utilizar la palabra “TOLERANCIA” que parece insinuar que SE SOPORTA COMO POR FAVOR LAS IDEAS CONTRARIAS A LAS PROPIAS.
El Diccionario de la Real Academia define la tolerancia como: “Tolerar. Sufrir, llevar con paciencia, soportar, aguantar”.
Justamente esto no es lo que la LAICIDAD supone, sino el RESPETO a las ideas de otros, por opuestas que sean a las nuestras. La LAICIDAD no reclama GENEROSIDAD, sino JUSTICIA, justicia que emana de la idea y del sentimiento de la igualdad de los hombres ante el derecho.
Es decir, que yo no debo otorgar al otro una actitud de generosidad al escuchar las ideas que son opuestas a las mías, porque de este modo yo estoy creyendo que mis ideas son superiores a las de él y por esa razón yo le hago el favor de escucharlo. Por esa razón el individuo debe tener una actitud de respeto, porque el mismo implica una justicia con el otro, con lo que este piensa, siente y dice. Si se tiene una actitud de respeto con el otro que es diferente a mí y a mis ideas, esa es una actitud positiva, de la que yo al escucharlo puedo tomar algo de sus ideas e incorporarlas a las mías propias e incluso a cambiar de opinión.
En efecto, el otro componente esencial de la Laicidad es el Respeto, ya que quien se considera por su manera de pensar superior a otros, tiende a imponer su pensamiento y su persona; quien se siente igual al otro en lo que se refiere a la búsqueda e la verdad en religión, filosofía o política, respeta ideas de los otros que no sean las suyas... sin embargo, este respeto requiere interés en lo que el otro está diciendo y en lo que piensa.
Los maestros opinan también que la laicidad supone un ideal de convivencia basado en el respeto recíproco entre personas, cualquiera que sea su posición, en los temas de la religión, la filosofía o la política.[11]
En efecto, la laicidad implica el respeto a todas las opiniones y a todas las creencias y por lo tanto la democracia reconoce a la laicidad como la condición necesaria para la convivencia pacífica y para la colaboración de todos los hombres, sin distinción de clases sociales, razas, religiones o tendencias políticas.
Por lo tanto es laico o tiene una actitud laica quien exige el derecho de pensar y expresarse libremente, reconociendo en los otros el mismo derecho.
De este modo la autora Reina Reyes expone que “la laicidad no es una ideología, no es una filosofía, es una sabiduría. No es en principio una doctrina, una teoría que se traducirá enseguida en actitud, en acción”. De éste modo no es lo primordial definir la “Laicidad”, ya que la misma no se define, se siente, se vive.
Por lo tanto la actitud laica implica una lucha por lo mejor de cada hombre en una sociedad más justa, y todos los hombres deben luchar para el respeto de sus derechos propios.
Los maestros opinan también que la laicidad no se la define como neutralidad o prescindencia[12], sino que la actitud laica pasa por el compromiso con la comunidad, significa la asunción de una postura responsable con respecto al contexto social, sea local, nacional o mundial en que se vive, con el objetivo de mantener vivos los valores que humanizan al hombre y transformar aquéllos que lo enajenan.[13]
La laicidad queda a salvo sí el fin de la educación es la del liberar al individuo, pero cómo se hace esto, es lo que trataremos de explicar a continuación.
Si bien los contenidos que debe enseñar el educador son importantes, la laicidad pasa en buena parte por la forma de cómo se enseñan esos contenidos. No es la cantidad de información lo importante, sino los métodos que se utilizan para su enseñanza.
Primero que nada en el acto educativo se enfrentan una personalidad madura, el educador, y una personalidad en proceso de formación, el educando, y la primera ejerce necesariamente autoridad sobre la otra, pero ¿cómo debe ejercer el educador su autoridad necesaria?
La relación educativa es una relación asimétrica, donde el educador confluye con el educando, es evidente que el educador juega un papel primordial en la acción educativa; sin embargo su función de autoridad es más esencial aún.
Mientras que en la vida del educador los niños pasan unos tras otros en los diferentes años, en la vida de los niños esos docentes quedan marcando la memoria del niño, o como maestros de libertad o de sometimiento. Es decir que la laicidad supone una influencia de la persona del educador con el alumno, una influencia que puede ser positiva o negativa.
Por lo tanto, esa autoridad necesaria que debe ejercer el docente no debe ser, según la autora Reina Reyes, una situación de sometimiento a la autoridad del educador, ya que esto puede ser obstáculo para la afirmación de sí mismo y para una correcta socialización.
Pero para la educación laica no importa la posición personal del educador en los dominios de cualquier materia (religiosa, política o filosófica), sino lo que importa son los métodos educativos que se utilicen.
Sin embargo no se debe dejar de reconocer que el docente realiza una especial influencia sugestiva sobre los educando, sobre todo en la adolescencia. La influencia personal del maestro, que es difícil de definir, es de una influencia valiosísima para la formación de la personalidad del alumno.
Ya que, según Reina Reyes, el maestro carente de ideales, de ubicación indefinida, etc., muy difícilmente genera en sus alumnos impulsos de superación. Por lo tanto, el índice para valorar la acción educativa no es el programa de estudios, sino los métodos utilizados para valorar su cumplimiento.
El problema que la educación plantea es el encontrar el medio de no suprimir la libertad del alumno. El docente debe enseñar al alumno a crear y no creer porque es más fácil y cómodo. Si el alumno se encuentra limitado a aprender porque se le manda sin descubrir por sí mismo verdad, entonces no puede ser libre moralmente.
La escuela laica al eliminar la imposición de los dogmas (políticos, religiosos, etc.) favorece la duda, cultiva la observación objetiva de la realidad y hace posible el pensamiento reflexivo y el juicio crítico.
Reina Reyes sostiene que la educación laica, el maestro en lugar de estar interesado por la respuesta correcta del niño debe estar preocupado por lograr que el pensamiento del alumno sea el resultado de una auténtica e integral actividad mental y no la memorización de lo aprendido. Por lo tanto la educación laica tiene como objetivo desarrollar en el individuo la capacidad reflexiva. Lo que ocurre contrariamente a la educación dogmática, donde la misma pone trabas al pensamiento reflexivo del alumno.
La organización política de la democracia que cultive el pensamiento reflexivo constituye una garantía de su existencia. La democracia ideal reclama un pueblo liberado, un pueblo educado en la laicidad.[14]
Reina Reyes sostiene que la integración del pensamiento reflexivo con el sentimiento de igualdad de los hombres, es el propósito de una educación orientada por el ideal de laicidad.
Por lo tanto, como ya mencionamos, el pensamiento reflexivo del individuo apunta a que el niño se encuentre en un clima de experiencias seleccionadas y dirigidas, donde en un clima de libertad y de colaboración pueda crear por sí mismo y llegar a su propia verdad.
Mientras que el sentimiento de igualdad de hombres que preconiza la laicidad se trata de la aspiración a una igual voluntad de amor a los hombres animada de una igual esperanza de progreso individual y colectivo, un sentimiento de colaboración entre todos.
Sin embargo, la igualdad de los hombres no implica que todos ellos sean iguales, sino que todos los hombres, según Reina Reyes, participan de las mismas calidades humanas, que comparten el destino esencial de todos los seres humanos, que posee por igual el derecho inviolable e inalienable a ser felices y a poseer libertad.
Fuera de la escuela el niño percibe grandes diferencias entre los hombres con respecto a la situación económica, la raza, la religión y la política, pero la escuela le ofrece al niño una vida en común distinta a la que le pueden ofrecer su familia y el medio social del niño, ya que la escuela ubica al niño en situaciones de igualdad con respecto a otros niños, que muchas veces desconoce, lo cual es uno de los pilares fundamentales de la laicidad. En efecto, la escuela laica es un lugar donde no interesan las creencias religiosas, políticas y filosóficas que puedan tener las familias de los niños que concurren a ella, sino lo que enseña la misma es a respetarse mutuamente y por lo tanto prepara a esos niños a una futura vida en comunidad con los demás hombres que se encuentra más allá de cada uno de los dogmas propios.
Sin embargo, la escuela laica no puede ser neutral, lo que quiere decir que esta no puede mantenerse en silencio frente a determinadas temáticas y frente a la realidad existente de la sociedad, ya que la laicidad no es neutra y por esa razón no está mal que la escuela se pronuncie.
Reina Reyes sostiene que “obligatoriamente el educador no puede ser neutral”. Si no que este debe ubicarse con aquellos que propician el cambio, los que creen que los hombres pueden llegar a una humanidad y sociedad mejor.
Por lo tanto el educador debe interesarse y tomar partido por los problemas de su época, debe modificar sus propias ideas en un contacto permanente con su realidad y con los demás hombres, debe tender hacia el interés de todos ellos. Por lo tanto, la laicidad es positiva, es una mentalidad de progreso de los hombres y de la sociedad.
Esta actitud va a crear en el educando una visión de modelo que debe adoptar por su propia cuenta, aunque según Reina Reyes sostiene que no está mal que el docente influya en el pensamiento del alumno, ya que esa actitud va a llevar porque el educando se interese también por mejorar su realidad.
Pero el docente debe ejercer esa influencia en un mismo pie de igualdad y de respeto frente a sus alumnos para saber escuchar y también poder tomar algo de las verdades creadas por cada uno de ellos, lo cual es el espíritu de la laicidad.
Así entendida, la educación tiene la finalidad de formar seres críticos, personas capaces de reflexionar sobre la realidad y actuar sobre ella para transformarla.[15]
Se pretende terminar el presente trabajo con un recorrido que hace Reina Reyes sobre el proceso de laicización en el Uruguay.
Proceso de Laicización en Uruguay:
Dicho proceso de las instituciones públicas en el Uruguay, iniciado en 1861, culminó en el año 1917 al aprobarse una nueva Constitución que estableció la separación de la Iglesia y el Estado.
Las fechas y los acontecimientos que remiten a ese proceso son tomados por la autora de libro de Arturo Ardao sobre “racionalismo y Liberalismo en el Uruguay”:
(se expondrán los que se creen más relevantes)
· 1861 La Iglesia niega sepultura al Dr. Enrique Jacobson por su calidad de masón.
Este episodio origina un decreto por el cual se secularizan los cementerios.
· 1877 Decreto ley de Educación común.
· 1885 Por ley se hace obligatorio el casamiento civil.
· 1906 Laicización de la Asistencia pública y retiro de los crucifijos de los hospitales.
· 1909 Por la ley se suprimen toda enseñanza y práctica religiosa en las escuelas públicas.
· 1917 Se aprueba la Constitución que establece el Estado laico: “Todos los cultos religiosos son libres en el Uruguay. El Estado no tiene religión alguna”.
· 1919 La ley seculariza los feriados religiosos.
Todos estos hechos, y otros nombrados por la autora, relegan las creencias religiosas al dominio privado, acrecentando la separación de lo público y lo privado de cada hombre, lo cual fue el triunfo de la defensa de la libertad de conciencia religiosa en el Uruguay que se hace efectiva con el Estado laico.
Reina Reyes sostiene que esta separación de lo civil de lo religiosos comenzó a ser agitada por José Pedro Varela en la década de los 60, el cual, según ella, fue el iniciador del proceso de laicización en el Uruguay. Varela jerarquiza la educación intelectual sobre la instrucción y valora para ese fin la formación científica e independiza la formación moral de la enseñanza religiosa.
Varela se adelantó tres cuartos de siglo a la Declaración del Derecho a la educación, buscando la manera de hacer efectiva la misma a través de la obligatoriedad, la gratuidad y la laicidad de la enseñanza.
Pero Varela defiende la escuela laica por dos razones básicas:
· Porque el Estado es una institución política y no religiosa, y por esa razón su escuela debe ser laica.
· Por la situación de los niños cuyos padres pertenecen a una religión que no es la que se enseña en la escuela, y que por lo tanto se encuentren obligados a recibirla que son creencias contrarias a las suyas propias.
Por lo tanto Verela tenía muy en claro los principios de la laicidad, la cual debe ser defendida por el hombre y la educación siempre, ya que la misma es la actitud de respetar al otro que se encuentra en un mismo pie de igualdad que yo pero con creencias diferentes a las mías propias.


Anexos.
CONFERENCIA DE JOMTIEM
En 1990, en Jomtiem (Tailandia ), se adquiere el compromiso, por parte de todos los gobiernos del mundo, de conseguir la alfabetización universal plena para el año 2000.
En 2002, dicho objetivo se aplazó hasta el año 2.015. Actualmente hay pocas perspectivas de que se vaya a cumplir: la inversión en educación está descendiendo alarmantemente y las tasas de escolarización también.
Se calcula que hay 125 millones de niños sin posibilidad de ir a la escuela y otros 150 abandonarán la escuela antes de terminar los cuatro años necesarios para adquirir unos conocimientos básicos y perdurables.
Por primera vez, también, se establecen unos objetivos específicos y prácticos para llevar a cabo la educación para todos. Se establece también un punto de referencia temporal. De esta manera se puede ir midiendo el cumplimiento de los objetivos.
También se reconoce la importancia de la educación para el desarrollo de las personas y los países. Desde ese momento el tema de la educación aparece en todas las declaraciones y agendas, considerándose como elemento clave en la lucha contra la pobreza.
Según la conferencia de Jomtiem, la educación básica de cara a las personas debe perseguir los siguientes objetivos:

· La propia supervivencia.
· Desarrollar plenamente las capacidades de los individuos.
· Vivir y trabajar con dignidad.
· Participar plenamente en el desarrollo propio y de sus comunidades.
· Mejorar su calidad de vida.
· La toma de decisiones fundamentales y la capacidad de seguir aprendiendo.
Los seis objetivos establecidos en Jomtien fueron:
Ampliación del cuidado y el desarrollo del niño en la primera infancia.
Acceso universal a la educación primaria y terminación también universal antes del año 2000.
Reducción a la mitad de los niveles correspondientes a 1.990 en cuanto al analfabetismo adulto, con especial atención a la alfabetización de las mujeres.
Mejora de los resultados del aprendizaje, basada en el logro de unos determinados niveles previamente establecidos.
Expansión de la educación básica y la capacitación para jóvenes y adultos.
Mejora en la difusión del conocimiento, las habilidades y los valores necesarios para un desarrollo sostenido.

Bibliografía:

· Reina Reyes, “El derecho a educar y el derecho a la educación”. Año 1972, Montevideo, Editorial Alfa.

· La FUM en el Parlamento. “LAICIDAD: Opinan los maestros”. Revista “Quehacer Educativo, n° 48, año 2002, páginas 2-4.

· Edgar Morin, “La cabeza bien puesta”. Anexo 1, “El agujero negro de la laicidad”, año 2002, 2° edición, páginas 109-114.

· Laicidad, transcripciones de las intervenciones en el FORO SOBRE LAICIDAD realizado el 19 de marzo de 1987. FUM (TEP). Intervención de Reina Reyes.


Conclusión.

La conclusión a la cual podemos llegar es que el término laicidad es un término muy debatido, sobre el cual no hay una definición inmutable, ya que el mismo es un silogismo y como tal Reina Reyes sostiene que no se puede definir, porque la laicidad es una actitud que se siente y se vive.
La misma tiene pilares fundamentales que corresponden a la libertad de pensamiento y libertad de expresión, los cuales solo tienen lugar en una sociedad democrática y por lo tanto todos los hombres deben luchar para que se respete su derecho a que se escuche su voz, porque la laicidad implica respeto, y no tolerancia, frente al otro.
La función del docente es lograr, a través de sus métodos, crear hombres libres que puedan crear su propia visión del mundo, sin que el docente enseñe solo lo que el cree como única verdad, ya que la verdad le pertenece a todos los hombres.En efecto, la escuela laica y el docente no pueden ser neutral, ya que estos deben tomar partido por algo, deben pronunciarse frente a determinada temática, ya que están ejerciendo una influencia sobre sus alumnos, que está sirviendo como modelo para que este también se interese por las problemáticas de su época y de su entorno social, ya que justamente la laicidad pasa por el compromiso que toma el hombre frente a su comunidad de demás hombres.


[1] G. Burdeau. La democracia. Cita de Reina Reyes “El derecho a educarse y el derecho a la educación”.
[2] Ver en el Apéndice Conferencia de Jomtiem.
[3] Consentimiento.
[4] Constituye el grado máximo de descentralización.
[5] Laicidad, transcripciones de las intervenciones en el FORO SOBRE LAICIDAD realizado el 19 de marzo de 1987. FUM (TEP). Reina Reyes.
[6] La FUM en el Parlamento. “LAICIDAD: Opinan los maestros”. Revista “Quehacer Educativo, n° 48, página 2.
[7] neos, nuevo y logos, discurso. Empleo de palabra nuevas en una lengua.
[8] Edgar Morin, “La cabeza bien puesta”. Anexo 1, “El agujero negro de la laicidad”, página 109-114.
[9] Cita que hace Reina Reyes a E, Fromm. El miedo a la libertad.
[10] Laicidad, transcripciones de las intervenciones en el FORO SOBRE LAICIDAD realizado el 19 de marzo de 1987. FUM (TEP). Reina Reyes.
[11] La FUM en el Parlamento. “LAICIDAD: Opinan los maestros”. Revista “Quehacer Educativo, n° 48, página 3.
[12] Abstracción, considerar aisladamente las cosas unidas entre sí.
[13] La FUM en el Parlamento. “LAICIDAD: Opinan los maestros”. Revista “Quehacer Educativo, n° 48, página 3.

[14] Reina Reyes, “El derecho a educar y el derecho a la educación”. (Parte 2) – Laicidad.
[15] La FUM en el Parlamento. “LAICIDAD: Opinan los maestros”. Revista “Quehacer Educativo, n° 48, página 3.

Realizada por Victoria Sequeira

5 comentarios:

Anónimo dijo...

Espero les haya llegado el mensaje en el que explicaba el error en el concepto de laicidad. Estaria bueno que lo corrigieran.

Anónimo dijo...

Hola chicas...muy bueno el trabajo,lástima que haya tanto plagio...
En la introducción pusieron que se asocia el término laicidad con tolerancia (Reina Reyes plantea lo contrario) ,a pesar de que en el desarrollo aclararon el concepto,estaría bueno que lo modifiquen (es un consejo amistoso;)

Saludos

Anónimo dijo...

Hola!

Saben el concepto de laicidad según Varela? Ando buscando eso, gracias!!

Anónimo dijo...

Varela no manejó el concepto de Laicidad, él tan sólo habló de Laico.

Unknown dijo...

Tan amistoso no es su comentario ya que dice "lástima que haya tanto plagio" es un comentario más bien sarcástico. Las compañeras son "estudiantes" están haciendo un trabajo de grado, por lo tanto es obvio que pueden haber algunos errores conceptuales. Si usted puede realizar un trabajo mejor elaborado sería bueno que lo comparta, así pasamos de la tolerancia al respeto.